La DGT ha informado de las nuevas multas por adelantar a pesar de que no haya ninguna señal de prohibición.
Las multas por adelantar en las siguientes situaciones conllevan a una sanción económica que asciende a los 200 euros. Además también a la retirada de 4 puntos del carnet de conducir.
Estas modificaciones vienen de la mano de las actualizaciones de la Dirección General de Tráfico y que pueden conllevar a que nos multen.
En este sentido las diferentes opciones para proceder a adelantar en las carreteras del territorio español se han reducido considerablemente.
A pesar de que la DGT recuerda a los conductores las prohibiciones de practicar un adelantamiento, en esta ocasión añade más limitaciones y las quiere dar a conocer para de esta forma incrementar la seguridad vial, así como evitar sanciones inesperadas.
Cabe destacar que todas estas prohibiciones quedan impuestas aunque no haya señalización.
- No rebasar la velocidad máxima permitida en la vía ni en 20 km/h para adelantar. Esto queda prohibido a partir de ahora.
- Abstenerse de adelantar en curvas y cambios sin visibilidad
- En los pasos a nivel, ya que el vehículo que estaría adelantando disminuiría la visibilidad pudiendo provocar un choque o arrollamiento.
- También en los pasos de peatones si el vehículo que tenemos delante frena. Ya que al adelantar no habría visibilidad suficiente.
- Detrás de un vehículo de gran volumen puede que no tengamos visibilidad suficiente de lo que ocurre al otro lado de la carretera.
- Asimismo en los túneles que, al ser estrechos se invade el carril contrario en su totalidad por lo que no hay espacio para evitar un posible golpe.
- En las intersecciones ocurre lo mismo que en las curvas cuando hay poca visibilidad.
Recuerda que, aun sin señal que prohíba, está prohibido adelantar en:
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) January 17, 2021
❌Curvas/cambios rasante sin visibilidad
❌Pasos a nivel
❌Detrás de camión que adelanta
❌Intersecciones y proximidades
❌Pasos #peatones
❌Túnelhttps://t.co/2ZI2YEhCBw pic.twitter.com/DzNx35mJwF