El Gobierno de Andalucía aplica mano dura a los «irresponsables» que se salten las restricciones impuestas para evitar la propagación del coronavirus. El Consejo de Gobierno ha acordado una nueva relación de multas leves, graves y muy graves que van desde los 100 euros hasta los 600.000, dependiendo del número de personas que se pongan en riesgo. Esta medida podría ser implantada en más territorios de España para contener el Covid-19 y a los irresponsables.
El decreto ley aprobado también contempla el cierre temporal de establecimientos, instalaciones o servicios donde se haya producido la infracción. Así cómo la prohibición de realizar la actividad durante el plazo máximo de cinco años.
La Junta de Andalucía considera infracciones muy graves, que pueden sancionarse con hasta los 600.000 euros, aquellas actividades vetadas en la «nueva normalidad» que pongan en riesgo de contagio a más de 100 personas.
El decreto ley aprobado hoy por el Consejo de Gobierno distingue tres tipos de infracciones: muy graves, graves y leves:
- Las infracciones muy graves: multa de entre 60.001 y 600.000 euros.
- Graves, de entre 3.001 y 60.000 euros.
- Leves, de entre 100 y 3.000 euros.
Todas las multas e infracciones
Entre las infracciones muy graves se encuentra el incumplimiento de las medidas generales o específicas de higiene y prevención establecidas para cada tipo de establecimiento o actividad. Ya sea en espacios o locales públicos o privados. Sobre todo cuando éste produzca un riesgo o un daño muy grave para la salud de la población.
Se considera que se produce un riesgo o daño muy grave cuando los incumplimientos puedan suponer un riesgo de contagio de más de 100 personas.
También pueden suponer un riesgo muy grave en la población rebasar los límites de aforo o del número máximo de personas permitido en los establecimientos o las actividades. Así como la celebración y comercialización de reuniones, fiestas o cualquier otro tipo de actividad o acto permanente o esporádico. Tanto en espacios públicos como en privados.
Las multas leves afectan a todo el quebranto de las normas sanitarias que causen menos de 15 contagios.
Un ejemplo de sanción leve sería no protegerse con la mascarilla o llevarla mal colocada, ya que es obligatorio tanto en los recintos abiertos como cerrados. Con independencia de que se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros.