El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es la cuantía mínima retribuida que debe percibir cualquier trabajador por cuenta ajena. En los contratos de trabajo o los convenios colectivos no se puede fijar un sueldo menor al salario mínimo interprofesional. Se deber respetar el SMI ya sea un contrato indefinido, temporal, empleados de hogar o temporeros.
El Salario Mínimo Interprofesional inembargable. La cantidad fijada en el SMI no se puede quitar a no ser que sea por deudas por alimentos. También esta ley está impuesta para personas con un salario superior al SMI, el embargo de su sueldo no puede exceder el salario mínimo.
Aunque este establecido que según el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) es “inembargable” cualquier salario que no exceda la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional. Pero, existe una forma para poder hacerlo y reside en si una persona no genera ingresos. En ese caso la Ley de Enjuiciamiento Civil puede quedarse con una parte del SMI en función de una escala.
- Para la primera cuantía adicional hasta la que suponga el importe del doble del SMI, el 30%.
- Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un tercer SMI, el 50%.
- Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un cuarto SMI, el 60%.
- Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un quinto SMI, el 75%.
- Para cualquier cantidad que exceda de la anterior cuantía, el 90%.
La forma en la que se establece el Salario Mínimo Interprofesional
El SMI se establece mediante el Gobierno del país, ellos dictan cual será la cifra que el salario mínimo tendrá. Toman en cuenta distintos parámetros, como la inflación o la salud que mantienen las empresas. Debido a que muchas PYMES (Pequeñas y Medianas Empresas) no son capaces de soportar una subida del SMI y por eso se considera la salud de las empresas. Por ello se ha mantenido congelado ya que la facturación de las empresas ha sido nula debido a la pandemia.
Además, el Salario Mínimo Interprofesional está fijado para contratos de una jornada completa, por lo que le corresponde 40 horas semanales. De acuerdo con ello, las empresas al tener contratados empleados con una media jornada el empleador puede restarle al SMI el porcentaje de horas equivalente a la jornada completa.
En este caso excepcional que vive el país ha hecho que el Gobierno suba el SMI sin pararse a analizar nada. Ahora mismo, está fijado en (14 pagas) 950 euros y (12 pagas) 1.108,33 euros. En otras ocasiones se ha revisado periódicamente y variaba conforme al Índice de Precios al Consumo (IPC). También se ha llegado a congelar como ocurre ahora mismo.
No todos los países cuentan con el Salario Mínimo Interprofesional en Europa
En muchos de los países formados por el continente europeo no existe el SMI el mercado es quien manda en la subida o bajada de los salarios. Países como Dinamarca, Italia, Chipre, Austria, Finlandia y Suecia no cuentan con un Salario Mínimo Interprofesional. En otros países en cambio, no está fijado como norma estatal como en España, sino que varía dependiendo el libre mercado. En Europa oscila entre los 332,3 euros de Bulgaria y los 2.071,10 euros de Luxemburgo.
La vicepresidenta primera y responsable económica del Gobierno de España, Nadia Calviño dejó entrever la posibilidad de descongelar el Salario Mínimo Interprofesional para subirlo nuevamente. Al ser preguntada por el tema en vez de eludir la cuestión como hizo en otras ocasiones y dijo que “La reducción de la desigualdad es prioritaria”. La ministra de Trabajo Yolanda Diaz ha estado negociando con el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez y parece que han llegado a un acuerdo para una subida del SMI.
Ganix Alonso