Hoy miércoles 7 de abril arranca la campaña para realizar la declaración de la renta, la cual tendrá especial incidencia para los trabajadores de las empresas en situación de ERTE. Por esta razón hoy explicaremos las novedades que debes saber para hacer la declaración de la renta correctamente.
La Campaña de la Renta
La Campaña de la Renta correspondiente al año 2020 con la novedad de que una gran mayoría de los contribuyentes han estado afectados en algún momento por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo durante el pasado año.
Novedades en la Declaración de la Renta
Los contribuyentes en esta situación debes saber que están en la obligación de hacer la declaración de IRPF (Impuesto sobre la Renta sobre las Personas Físicas). El motivo no es otro que haber tenido dos pagadores, en primer lugar, la empresa empleadora y en segundo lugar el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Beneficiarios del Ingreso Vital Mínimo
Por otro lado también están afectados todos aquellos que se han beneficiado del Ingreso Mínimo Vital. Este colectivo también tendrán que presentar la declaración por IRPF independientemente de la cuantía de ingresos que han recibido.
Una vez aclarado esto, también es importante añadir aquellos colectivos que están exentos de presentar la declaración de la Renta correspondiente al año 2020.
Ingresos y la Declaración de la renta
Dentro de este grupo se encuentras todos aquellos que sus ingresos en el pasado año no superen los 22.000 euros anuales. No obstante, si se ha tenido más un pagador (como es el caso del personal afectado por un ERTE), están obligados a presentar la Declaración de la Renta si sus ingresos han estado por encima de los 14.000 euros.
Personas exentas de hacer la Declaración de la Renta
Pero para esto último también hay excepción, y es que será a partir de los 14.000 euros anuales, excepto que dentro del total de los ingresos recibidos del segundo y más pagadores (si los ha habido) y que superen los 1.500 euros.
Es decir, los asalariados que han percibido entre 14.000 y 22.000 euros durante el pasado año 2020 están en la obligación de realizar de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Siempre y cuando las cantidades percibidas del SEPE supere los 1.500 euros anuales.
Atención presencial
Finalmente es importante infirmar que este año, también habrá atención presencial. Será a partir del próximo 2 de junio y se extenderá hasta el final de la campaña, la cual la fecha establecida es el 30 del mismo mes.
Sergio Requejo