Durante el toque de queda, se impusieron muchas multas a muchos ciudadanos por saltarse el horario que indicaba la norma debido a la pandemia. Esto ocurrió en toda España pero ahora las sanciones impuestas por el Ayuntamiento de León podrían quedar invalidadas. Esto se debe a que el Consistorio ha aplicado multas que están previstas únicamente para establecimientos o actividades económicas y no para viandantes.
El Juzgado de León invalida las multa impuestas por el Ayuntamiento de León durante el toque de queda
El Juzgado de lo Contencioso Número 3 de León ha sido el encargado de anular una de estas sanciones impuestas por el Ayuntamiento de León. El Juzgado obliga al Consistorio a devolver el importe de 600 euros de la sanción acompañado también de intereses. Esto podría abrir la veda para que todo aquel que haya sido multado por el mismo motivo durante el toque de queda, pueda reclamar la devolución de su dinero.
El ciudadano leonés que denunció el caso ha abierto la veda para más reclamaciones
El ciudadano al que le ha dado la razón el Juzgado de León fue multado el año pasado, durante el mes de diciembre, por encontrarse en la calle media hora más tarde de lo estipulado, que por aquellas fechas eran las 22 horas de la noche. Este leonés pagó la multa si bien es verdad que lo puso en conocimiento del Juzgado al no estar de acuerdo con la medida impuesta por el Ayuntamiento de León.
La Junta sí aplicó el artículo correcto para este tipo de infracciones
Según Cordal Abogados, que han sido los encargados de llevar el caso, acusa al Ayuntamiento de León de utilizar estas sanciones como excusa para recaudar dinero con un fin lucrativo. Por el contrario, afirma que la Junta multaba con el mínimo de 100 euros al considerar estas infracciones como leves y que sí utilizaba la sanción adecuada siguiendo el artículo reservado para el incumplimiento de las limitaciones a la movilidad nocturna.
Franco Dávila