Una sentencia dictada por el Tribunal Supremo obliga a la etarra que que ordenó el atentado de la ciudad de León de 1995 a indemnizar a la Junta de Castilla y León.
El Tribunal Supremo de Justicia ratifica la sentencia de la Audiencia Nacional por la que la etarra que ordenó el atentado en la ciudad de León deberá indemnizar a la Junta de Castilla y León. Con motivo de los gastos hospitalarios que se produjeron por dicho acto.
Atentado de la ciudad de León
El terrible atentado organizado por ETA en la ciudad de León sucedió el 22 de diciembre del año 1995, entorno a las 13.30 horas de la tarde. La banda terrorista colocó una bomba en los bajos de un coche.
Este explosionó en el semáforo de la calle Ramón y Cajal. El cual se encuentra a la altura de la calle Renueva y la calle Abadía. En este atentado terrorista perdió la vida un mando del Ejército de Tierra de la ciudad de León. Así mismo, la hija que lo acompañaba resultó gravemente herida a causa de la explosión.
Así mismo durante el atentado de la banda de ETA cuatro personas más resultaron heridas. Cabe destacar que estas personas simplemente estaban caminando en las inmediaciones donde explotó el vehículo.
Sentencia firme para la etarra
Se la ha condenado como la responsable del delito de asesinato terrorista a un miembro de las Fuerzas Armadas de León. Así como cuatro delitos que por suerte fueron frustrados de asesinato terrorista, y por posesión de explosivos.
Por estos atroces hechos primero la Audiencia Nacional y ahora el Tribunal Supremo han condenado a la etarra a indemnizar por daños y prejuicios a la Junta de Castilla y León. Ya que desde la administración pública reclamaron a la misma los gastos que ocasionó este atentado de la banda terrorista de ETA, los cuáles ascienden a 9.225 euros.
Amanda Arroyo