Una nueva medida ha entrado en vigor. El Gobierno de España ha modificado el Real Decreto RD 463/20 para marcar las condiciones en cuanto a la circulación de vehículos. A partir de ahora, solo podrá circular en el coche el conductor, prohibiéndose los desplazamientos con acompañantes.
En caso de incumplir esta norma la sanción podría ascender a una cuantía mínima de 300 euros, y una máxima de 1.000 euros.
La modificación contempla que la circulación de personas debe hacerse de forma individual. A excepción de que se acompañe a personas con discapacidad, a menores, personas mayores, o que exista una causa debidamente justificada.