Los ERTES han provocado que la declaración de la renta de 2020 se pueda fraccionar en seis meses en caso de que salga a pagar. Una medida que permitirá afrontar con el pago con mayor comodidad en un periodo de tiempo más largo.
Dicha partición no es compatible con el tradicional pago de dos tramos, uno al presentar y otro, normalmente, en noviembre. la Agencia Tributario ha lanzado un manual en el que detalle el proceso.
Día de pago en cada mes
En primer lugar, en caso de fraccionar el pago en seis meses, la cantidad se abonará el día 20 de cada mes, iniciando el 20 de julio de 2021. No es necesario abonar una fianza ni habrá intereses de demora.
¿Cómo fraccionar la renta en seis meses?
En el momento de presentar la declaración en la web es necesario marcar la casilla «no fraccionado» y luego en «otras modalidades de pago«. En ese momento se abrirá un desplegable en que habrá que seleccionar «Reconocimiento de deuda en solicitud de aplazamiento» y finalizar con «Aceptar«.
A continuación se abrirá un recuadro de confirmación, que dice que «queda pendiente la presentación de la solicitud del aplazamiento». Para hacerlo, se debe entrar en el enlace «Tramitar deuda«, que le llevará al detalle de la liquidación. En la parte superior hay que dar a «Aplazar» y con ello ya se procede al alta de solicitud del aplazamiento.
Luego, habrá que elegir «Solicitud de fraccionamiento extraordinario IRPF 2020 para beneficiarios de prestaciones ERTE (Orden HAC/320/2021) -Fraccionamiento ERTE-”.
Por último, habrá que confirmar la opción elegida, aportar los datos para la domiciliación bancaria, firmar y enviar la solicitud.
En caso de que ya hayas presentado la declaración también existe la posibilidad de fraccionar el pago en seis. Todo ello a través de la pestaña de Trámites destacados de la página web de la Agencia Tributaria.
Daniel Francisco