El Tribunal Constitucional niega la propuesta presentada en la que se presentaba un decreto ley que facilitaba la protección y ayuda a los okupas.
La propuesta obligaba de forma rotunda a los grandes tenedores a ofrecer un alquiler social a todas aquellas personas que se encontrasen en situación de vulnerabilidad.
En este decreto ley se permitía a este colectivo de personas a ocupar estas viviendas siempre y cuando llevaran dos años vacías sin aparente justificación.
Tras la presentación de este decreto, el Partido Popular en el congreso decidió recurrirlo en una sentencia de tipo inmediato. La actuación ha se ha motivado con un argumento que hace claramente frente a la normativa del Gobierno y el Govern en cuanto al impulso de la vivienda social. La cual ha tenido mucha más repercusión después de la crisis laboral y económica que la pandemia del coronavirus está dejando en España.
Finalmente, cabe destacar que a expensas de que se conozca el texto definitivo, la ponencia se ha aprobado:
- El derecho a la propiedad privada y a la herencia
- La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes
- No podrá privar a nadie de sus bienes. Tampoco derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.
Además el Consejo, aunque no es un órgano cuyas decisiones sean vinculantes ha añadido que: «la ocupación ilegal de una vivienda no supone un título de acceso a la posesión de esta o la obligación de ofrecer un alquiler social ni un contrato forzoso».