Con la nueva ley de tráfico te podrán multar si llevas lentillas
Cada año, con las nuevas tecnologías, hay un incremento en la población que tiene problemas de vista, siendo los más comunes la hipermetropía, la miopía y el astigmatismo. Para conducir es necesario que la persona pueda ver correctamente con el fin de estar atento a los imprevistos en carretera y prevenir cualquier tipo de accidente, así como poder leer los carteles e instrucciones correspondientes.
El dilema surge hasta qué punto hay que ponerse gafas o cuándo no es necesario. Esto depende de cada uno, puesto que, en muchos casos incluso en una misma persona, cada ojo tiene una dioptría diferente, haciendo que por una de las direcciones, el individuo sea capaz de ver sin necesidad de un corrector, pero que a nivel general no sea capaz de visualizar ciertos elementos.
Con el fin de evitar este riesgo, se realizan pruebas de vista en los exámenes de conducir, de manera que se pondrá una numeración en la parte trasera del carnet al adquirirlo con los siguientes dígitos, de esta manera, si la policía te para, será consciente de tu situación y actuará en consecuencia, según la normativa de la DGT.
- 01.01 – necesita gafas
- 01.02 – usa lentillas
- 01.06 – alterna gafas o lentillas
En el caso de tener solo la primera combinación, si no portas gafas en ese momento, las autoridades podrán sancionarte con una multa cuya cuantía se eleva a los 200 euros por infracción grave al haber puesto en riesgo la seguridad vial. Si llevas el segundo, se te pedirá demostrar que llevas lentillas y su correspondiente líquido por si se te resecan los ojos. Y en la última, deberás tener puesto una de las dos alternativas.