El día 17-03-2018 se publicó el R.D. 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional. Y, en la disposición adicional quinta, se establece que el desempeño de las funciones de secretaría e intervención, tesorería y recaudación en las entidades locales menores, las ha de realizar un funcionario con habilitación de carácter nacional que desempeñe las mismas funciones en el municipio al que pertenezca la Junta Vecinal.
El Decreto antes citado entró en vigor al día siguiente de su publicación, a tenor de la disposición final tercera, el día 18 de marzo de 2018. A partir de esta fecha todas las Juntas Vecinales tienen un grave problema con la llevanza de la Secretaría-Intervención, problema que afecta de forma importante a los Ayuntamientos y también a esta Diputación Provincial, más allá de los primeros afectados, que serían los Secretarios-Interventores de todos los Ayuntamientos de la provincia. Esta Diputación no puede ni debe mirar para otro lado como si este asunto no le afectara.
Es materialmente imposible que los Secretarios-Interventores asuman estas funciones en cada Junta Vecinal de su Municipio. Hay Municipios en esta provincia con más de 30 Juntas Vecinales. La redacción de esta norma supone un desconocimiento de la realidad de las provincias con Juntas Vecinales y en concreto de esta provincia de León.
Este Real Decreto, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, en su artículo 50, al hablar de los sistemas de provisión de las plazas de habilitados nacionales, se refiere a la acumulación de funciones y establece que, sólo se podrá desempeñar un nombramiento en acumulación. ¿Cómo entonces se puede pretender, obligando por Ley, a que lleve 4, 8 o 30 Juntas Vecinales?
Es una incongruencia legal de las muchas a las que nos tiene acostumbrado este Gobierno, salvo que lo que se busque sea la desaparición de las Juntas Vecinales, a través de normativas imposibles e inviables.
Por otro lado, en el artículo 10 del citado R.D. 128/2018, se establece que las Entidades Locales con población inferior a 500 habitantes y presupuesto inferior a 200.000 euros, podrán ser eximidas por la Comunidad Autónoma, previo informe de la Diputación Provincial de la obligación de crear o mantener el puesto de trabajo de Secretaría, en el supuesto de que no fuese posible efectuar una agrupación con otras Entidades Locales para mantener dicho puesto. Las funciones atribuidas al puesto eximido serán ejercidas por los Servicios de Asistencia o mediante acumulación.
La gran mayoría de las Juntas Vecinales de esta provincia se encuentran en esta situación: son menores de 500 habitantes y tienen un presupuesto inferior a 200.000 euros, y, aspecto muy importante, carecen de medios económicos para abonar las retribuciones de un habitado nacional, con lo que la Diputación está directamente implicada en este asunto y debe asumir un papel protagonista en su solución definitiva, ya que la asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión. En todo caso garantizará en los municipios de menos de 1.000 habitantes la prestación de los servicios de secretaría e intervención, según la ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local.
Además, pretender que el Secretario-Interventor de cada Ayuntamiento sea el que lleve cada Junta Vecinal de su Municipio, implicará un problema mucho mayor en la resolución de conflictos: ¿cómo resolver entonces los múltiples litigios y enfrentamientos que a diario se producen entre ambas entidades locales, siendo una misma persona el asesor de las dos partes en conflicto?
Por todo lo cual, desde Coalición en Común pedimos la modificación de la Disposición Adicional Quinta de este Real Decreto y ampliar las posibilidades de llevanza de la Secretaría-Intervención de las Juntas Vecinales, permitiendo que, un vecino o persona capacitada, pueda ser habilitada al efecto, como se viene haciendo actualmente con el apoyo del Servicio de Asistencia a Municipios de esta Diputación Provincial.
Pero también pedimos responsabilidad por parte de la Diputación, para que se comprometa a crear dentro del Servicio de asistencia a municipios, un servicio específico de asistencia a las Juntas Vecinales a nivel jurídico, económico y de funciones de Secretaría Intervención, con un grupo de habilitados que pueda desplazarse por toda la provincia, asistiendo a sesiones y dando fe y asesorando a cada Junta Vecinal, acompañando dicho servicio de los auxiliares y administrativos correspondientes o personal que se precisara. Por todos los motivos expuestos, desde Coalición en Común-IU pedimos que la Diputación Provincial apoye con hechos la apuesta decidida por las Juntas Vecinales de la provincia, cambiando la plantilla de personal de la Diputación y creando diversas plazas para llevar a cabo estas funciones esenciales en las Juntas Vecinales y se le dote de los medios económicos para su desarrollo y ejecución.