La Audiencia Provincial de León condena a el padrastro de una menor originaria de León, de tan solo 13 años de edad a un total de 10 años de prisión, después de que este realizara dos delitos de abuso sexual a la niña, mientras se encontraban solos en casa.
Delito de abuso sexual a una menor
La sentencia de hoy de la Audiencia Provincial considera como hechos probados que, en fechas aún no determinadas del verano de 2014 y 2015, una menor de 13 años, la cual se encontraba viendo la televisión en su casa fue agredida sexualmente. Esta se encontraba junto a la pareja de su madre y este aprovechó que la menor se había quedado dormida en el sofá del salón y que la madre no estaba, por lo que se encontraban solos para abusar de ella. El acusado procedió a desnudarla de cintura hacia abajo abajo con fines libidinosos y lascivos. La Audiencia provincial declara estos hechos como constitutivos de un delito de abuso sexual. Por lo que es condenando al procesado a la pena de prisión de 2 años y un mes.
Hubo un segundo abuso sexual
En junio de 2018 este mismo hombre procedió a dar un masaje en la espalda a la chica, en la cama para relajarla. Cabe recordar que esta, mientras se encontraba dormida. Posteriormente procedió a bajar el pijama y la ropa interior de la menor para proceder acto seguido a penetrarla vaginalmente.
La Audiencia Provincial de León condena por estos hechos como autor responsable de delito de abuso sexual con acceso carnal por vía vaginal a la pena de 8 años de prisión. Del mismo modo, le impone la prohibición de residir o aproximarse a una distancia de 300 metros de la víctima. Además tampoco puede comunicarse con ella por cualquier medio, directa o indirectamente, por sí mismo o por medio de otras personas durante un plazo de 5 años.
Además, también durante 5 años estará en libertad vigilada, y tendrá la inhabilitación para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido. El cual conlleve contacto regular y directo con menores de edad durante un plazo de 15 años. Sin embargo esta sentencia aún puede recurrirse frente al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
Amanda Arroyo