Las nueve obligaciones a cumplir si queremos ir a la playa.
Hace a penas unos días el Boletín Oficial del Estado anunciaba las nueve obligaciones a cumplir para las zonas de playa que alcanzaban la fase 2 y quienes quisiesen acudir a ellas:
- Hacer uso responsable de las playas, así como de sus instalaciones. Cumpliendo las normas y recomendaciones de las autoridades sanitarias.
- Los ayuntamientos podrán limitar el acceso (el cual siempre será gratuito) de las playas. El objetivo es garantizar al menos dos metros de distancia entre los bañistas. En cuanto al cálculo del aforo permitido, se establecerá que el espacio a ocupar por cada bañista será de 4 metros cuadrados descontando 6 metros desde la orilla en fase de pleamar.
- Asimismo, los ayuntamientos podrán limitar el tiempo de permanencia en las playas si lo creen oportuno.
- La estancia, tránsito y actividades deportivas en las playas seguirán pudiéndose llevar a cabo como hasta ahora: de forma individual y a dos metros de distancia para evitar el contacto físico.
- Está permitida la utilización de de duchas y lavapiés, así como de vestuarios. Respetando siempre el aforo máximo de una sola persona. Salvo que esta necesita ayuda,que podrá contar con un acompañante.
- Los ayuntamientos garantizarán la limpieza y desinfección de la totalidad de las instalaciones sin perjudicar el medio ambiente.
- Se indicará a los asistentes a las playas, con carteles informativos visible, la totalidad de las normas.
- Dentro del perímetro de seguridad individual, deberán también, encontrarse los objetos personales de cada uno.
- Los locales de restauración y hostelería, tanto cubiertos como descubiertos, ubicados en las playas se acatarán al cumplimiento de la norma marítimo-terrestre, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación aplicable. Así como los negocios de deportivos tales como motos acuáticas y similares o de uso particular.