Cobrar el paro después de dejar tu trabajo de forma voluntaria, sólo es posible en casos muy concretos relacionados con incumplimientos empresariales. En determinados supuestos, aunque el trabajador renuncie a su puesto de trabajo, puede pasar a una situación legal de desempleo, para cobrar el paro y en algunos casos, cobrar las indemnizaciones por despido improcedente.
De todos modos, por todos es sabido, que aquel empleado que toma la decisión de dejar su pesto, lo hacen sabiendo que pierden la posibilidad de cobrar el paro, lo que muchas veces implica que el trabajador permanezca en la empresa a pesar de su deseo de abandonarla, lo que puede deberse a diferentes motivos.
Causas por las cuales la normativa admite que tras una baja voluntaria, se pueda cobrar el paro
En el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores se establece, que las extinciones voluntarias del contrato de trabajo sólo pueden deberse a supuesto de incumplimiento contractual por parte del empresario, como son en éstos supuestos:
-Modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo como remuneración, horarios, turnos, jornada de trabajo o funciones…
-Impagos o retrasos continuados en el pago del salario.
-Negativa del empresario a readmitir al trabajador, tras sentencias que declaren injustificados traslados o modificaciones importantes de sus condiciones de trabajo.
Supuestos que también reconoce la Ley General de la Seguridad Social, en su artículo 267, donde se expresa que éstos casos justifican la extinción voluntaria por parte del trabajador, de su contrato de trabajo.
De ésta forma, existe un respaldo legal que aunque no es muy conocido por todos, permite que muchos trabajadores puedan renunciar a su trabajo, cuando tienen un buen motivo para dimitir de una empresa, dónde las condiciones laborales y el trato, no están siendo los adecuados.
Mar Morais