Convocar subvenciones para el año 2017, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar actuaciones dirigidas a la prevención y reducción del abandono educativo temprano, mediante el fomento de la promoción en el proceso educativo y de la reincorporación de los jóvenes al sistema educativo, dentro del ámbito territorial de Castilla y León, con el fin de mejorar los resultados generales de escolarización y reducir las elevadas tases de abandono temprano de los estudios y terminación de la educación básica sin titulación.
¿Quién lo puede solicitar?:
Entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas
¿Qué requisitos debo cumplir?:
- Las entidades se encontrarán ubicadas en la Comunidad de Castilla y León
- Realizarán proyectos que incluyan actuaciones formativas en las que desarrollen programas específicos para zonas o colectivos que presentan altas tasas de abandono y que persiguen la reincorporación al sistema educativo y su promoción dentro del mismo, de la población comprendida entre 16 y 24 años.
¿Para qué es la ayuda?:
Se considerarán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la actividad subvencionada, y en particular los siguientes:
a) Gastos de personal relativos a las nóminas o retribuciones del personal formador, así como de otro personal encargado de las labores de coordinación, programación y atención a los alumnos.
b) Gastos corrientes destinados a cubrir las necesidades de adecuación y de habilitación de espacios, material de oficina, seguros.
c) Material didáctico para el apoyo educativo.
d) Gastos derivados de actividades complementarias y talleres, tales como excursiones, visitas a museos y lugares de interés, exposiciones, etc.
e) Gastos derivados de actividades de socialización y convivencia, con un límite del 10 % del importe subvencionado.
f) Otros, debidamente justificados en la memoria.
Se considerará gasto realizado el que se corresponda con las actividades del proyecto realizadas desde el 1 de enero al 31 de diciembre del año 2017.
Cuantía:
- La cuantía asignada a cada proyecto no podrá ser superior al presupuesto presentado, siendo la cantidad máxima subvencionable de 6.000 €
- Se establece un límite máximo de 18.000 € por beneficiario, cuando a una misma entidad correspondan varios proyectos diferenciados.
- Cuando una misma entidad reciba fondos para el desarrollo de varios proyectos, cada una de las cantidades concedidas deberá destinarse exclusivamente al proyecto por el que ha sido concedida.