Si damos un paseo por la ciudad de León bastan unos pocos minutos nos percatamos de la cantidad de vehículos de dos ruedas que circulan y aparcan en las aceras. Una de ellas la hemos pillado en la avenida del Padre Isla de León.
Esta es una práctica muy habitual entre los motoristas, donde algunos no tienen en cuenta el paso de los peatones y piensan que al ir en un vehículo de moto tienen prioridad. Pero nada más lejos, sus acciones conllevan una infracción grave de la seguridad vial.
Las ordenanzas municipales mandan
La Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial de 1990, modificada en 2009, en su artículo 39.2 establece las prohibiciones generales de estacionamiento. El apartado ‘e’ del mismo indica que está prohibido aparcar «sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones».
Sin embargo, aunque esto es lo que dice la Ley, en otro apartado también se indica que «los Municipios, a través de Ordenanza Municipal, podrán regular la parada y el estacionamiento de los vehículos de dos ruedas y ciclomotores de dos ruedas sobre las aceras y paseos siempre que no se perjudique ni se entorpezca el tránsito de los peatones por ella».
¿Puedo aparcar mi moto en las aceras de León?
No. La Ordenanza Municipal de Tráfico y Seguridad Vial del Ayuntamiento de León prohíbe la parada y estacionamiento de cualquier vehículo en «aceras, paseos y andenes». Con respecto al estacionamiento de ciclomotores y motocicletas sin sidecar, establece que «lo harán en semibatería, ocupando un ancho máximo de 1,5 metros».