El juzgado de lo Social y el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) obligan a una sidrería del barrio de Laviada a readmitir a un camarero que hasta en tres ocasiones se presentó en su puesto de trabajo bajo los efectos de las bebidas alcohólicas, ya que según dictaminan, llegar tres días al trabajo en estado de embriagues no es motivo de despido.
El empleado fue despedido el 21 de junio del 2016. Ahora el responsable del establecimiento deberá pagar a su empleado el salario perdido y una indemnización por despido improcedente.
La razón es que el artículo del convenio de hostelería menciona que el estado de embriaguez tiene que repercutir en el trabajo. El dueño al no justificar bien los motivos en la carta del despido, puesto que le despidió por su falta de disciplina y comportamiento en el trabajo, y además no hay constancia del comportamiento del camarero durante su estado.
Tras la sentencia, ahora el dueño tiene que readmitirlo y abonarle el sueldo.
Digital de León
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