El Juzgado de Lo Social falla en favor de un pensionista varón que reclamaba el complemento de maternidad, sentencia que sienta un precedente importante, ya que hasta ahora a éste complemento sólo han tenido derecho, las mujeres pensionistas. Concretamente ha sido el Juzgado de lo Social n. 2 de León, el que ha fallado en favor de un pensionista que denunció al Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, reclamando su derecho a percibir el complemento de maternidad, por haber tenidos tres hijos, lo que suponía un aumento de un 10% de su pensión de jubilación, y con efecto retroactivo, desde que comenzó a percibirla.
Sentencia que marca un importante precedente
El abogado del demandante , Mario Diez-Ordás, especialista en Derecho Laboral ha declarado que «la sentencia equipara un derecho de los trabajadores en el que, siempre que se cumplan los requisitos exigidos para percibir este complemento, no hay cabida para aplicar ninguna distinción de género».
La sentencia es importante, porque sienta un precedente relevante en éste tipo de casos, donde pensionista varón que reclamaba el complemento de maternidad, ya que hasta ahora sólo tenían derecho a este complemento las mujeres pensionistas, si tenían dos hijos biológicos o adoptados incrementaban su pensión en un 5% y en un 10% si tenían tres hijos o más.
Maralhy Morais