La Audiencia de Madrid anula la condena contra «el pequeño Nicolás» por calumnias al CNI.
El pasado 24 de abril, el joven pedía perdón en el juicio y se retractaba de las declaraciones en las que dijo que miembros del CNI espiaban de forma ilegal, alegando trastorno de la personalidad.
La Abogacía del Estado, en representación del CNI, pedía que fuera condenado por delito de injurias graves a los ejércitos y Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado al pago de 180.000 euros. La fiscalía solicitaba 5.400 euros de multa al considerar que se trataba de un delito de calumnias con publicidad.
Como es obvio, la defensa pedía la absolución alegando que el acusado «no era imputable por eximente completa al padecer un trastorno de la personalidad que hace que distorsione su percepción de la realidad y no sea consciente de las consecuencias jurídicas de sus actos«.
Francisco Nicolás había sido condenado en 2016 por otro Juzgado, por estos mismos hechos, a 4.320 euros de multa por calumnias en una sentencia anulada por la Audiencia Provincial de Madrid, al estimar la alegación del acusado de que tenía que haber testificado el que por entonces era el número uno de la Policía, Eugenio Pino.