Un Juzgado de Lérida ha condenado a un guardia civil a pagar una multa de 2.100 euros por acosar sexualmente a una compañera en el 2017, a la que deberá indemnizar con 4.815 euros por dirigirse a ella con expresiones «humillantes» de naturaleza sexual.
La magistrada ha encontrado probado que el acoso se produjo en el periodo que va entre finales de junio y la primera quincena de julio de ese año.
El agente, «movido por el ánimo de obtener favores de naturaleza sexual», se dirigió a su compañera con expresiones «humillantes» tales como «a ver cuándo hacemos un trío con mi mujer»; «soy un lobo en la cama» o «mañana te voy a violar».
Como consecuencia, la víctima estuvo de baja laboral más de 3 meses teniendo que recibir tratamiento psicofarmacológico, sin que le hayan quedado secuelas.
Por todo ello, la magistrada ha resuelto condenar al agente por la comisión de un delito de acoso sexual, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.