Multan a España por depurar mal las aguas urbanas

Tras casi 30 años de incumplimientos, ninguna de las partes implicadas duda de que España será sancionada este miércoles por la mala depuración de las aguas residuales. La incógnita es cómo de abultada será la multa.

La Comisión Europea pide más de 50 millones solo por el incumplimiento en 17 aglomeraciones urbanas, la mayoría en Andalucía; y 171.217,2 euros de multa más al día mientras persista el deficiente tratamiento. Bruselas asegura que en nueve de los 17 casos aún no se depura correctamente, con lo que la factura seguirá creciendo.

En los últimos 27 años ha dado tiempo para que España tenga tres presidentes socialistas y dos populares. Pero ninguno de estos Ejecutivos del PP y del PSOE ha cumplido completamente con la directiva sobre el correcto tratamiento de las aguas residuales urbanas. La norma data de mayo de 1991.

Y, tras un sinfín de avisos de Bruselas, cartas de emplazamiento e, incluso, condenas aunque sin sanciones, la primera multa por los incumplimientos sostenidos de la normativa comunitaria está previsto que llegue este miércoles desde el Tribunal de Justicia de la UE. Y será millonaria, como han reconocido el Ejecutivo español y la Comisión.

España se unirá así al club de países de la Unión Europea, entre los que figuran ya Bélgica, Luxemburgo, Grecia, Portugal e Italia, sancionados por estos mismos incumplimientos.

Norma de 1991

España tiene abiertos cuatro expedientes por incumplimientos de aquella directiva de tratamientos de las aguas residuales urbanas de los años noventa. El expediente sobre el que se pronunciará este miércoles el Tribunal de Justicia de la UE y que acarreará esa primera sanción hace referencia a las obligaciones que tenían que cumplir las aglomeraciones urbanas de más de 15.000 habitantes, la norma era más o menos estricta en función del tamaño de las localidades.

La directiva de 1991 establecía que los municipios de más de 15.000 habitantes tenían que cumplir con una serie de requisitos sobre colectores y tratamiento para evitar que se vertieran aguas residuales sin control a los ríos o mares. Y la fecha tope que se daba era el 1 de diciembre de 2000.

Llegó 2008 y los Ayuntamientos y comunidades autónomas de España no habían cumplido. La Comisión Europea demandó entonces al país ante el Tribunal de Justicia. España fue condenada en 2011 por el incumplimiento en 37 aglomeraciones de más de 15.000 habitantes.

Maria Ortiz

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