La Audiencia Nacional ha confirmado una multa de 90.000 euros y una prohibición para la aerolínea española, Vueling Airlines, de participar en procedimientos de concesión de ayudas oficiales durante seis meses. Esto se debe al incumplimiento por parte de la aerolínea de las condiciones de accesibilidad en su página web para personas con discapacidad.
En su sentencia, los magistrados desestimaron el recurso de Vueling contra la Resolución de octubre de 2020, que la acusaba de una infracción grave del artículo 95.3.e del texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social.
La aerolínea argumentó que no había desarrollado ninguna conducta que violara la normativa y que el informe del Centro Nacional de Tecnologías de Accesibilidad destacaba aspectos positivos de su web. Sin embargo, la Audiencia desestimó estas alegaciones, señalando que el incumplimiento de la normativa estaba claro según el informe del CENTAC.
Además, el tribunal afirmó que la prohibición de recibir ayudas oficiales es una medida legalmente prevista para infracciones graves, y debe imponerse independientemente de las consecuencias económicas para la empresa infractora.
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