Si eres autónomo estas fechas te van a interesar y mucho, puesto que marcan los cierres anuales y las liquidaciones de impuestos.
El mes más crítico si eres autónomo
El mes de Diciembre es el que marca el fin del año, y por lo tanto el más intenso y complicado además de estresante para los autónomos. Justo al terminar las fiestas de Navidad, los cierres anuales y las declaraciones fiscales están a la vuelta de la esquina.
En Enero no se descansa ni un minuto, puesto que los plazos, y la cantidad de modelos que hay que cumplimentar ocupan el tiempo y la mente si eres autónomo.
Aunque este año 2020 ha sido bastante complicado, no hay que descuidar las obligaciones que tenemos con Hacienda. Todo lo contrario, siempre hay que tener presente el calendario fiscal de Enero, que es bastante completo.
Declaraciones y fechas límite
Si eres autónomo sabes perfectamente lo que son las declaraciones trimestrales. Son cuatro al año, y la fecha límite para que puedas presentar las del cuarto trimestre será a finales de Enero. Puedes consultar aquí el calendario fiscal para el año 2021, puesto que ya está disponible.
Lo mejor según este calendario, es que para el día 20 de Enero ya lo tengas listo y presentado, para ir bien de tiempo.
Tienes distintos modelos que presentar hasta el 21 de Enero:
- Modelo 111: en el caso que factures con retención a otros autónomos o empresas.
- Modelo 115: en caso de que tengas un alquiler para ejercer tu actividad, declaras la retención que corresponda.
- Modelo 123: aquí declaras tus rentas y el capital mobiliario.
- Modelo 368: para empresas de telecomunicaciones que ofrecen servicios a clientes europeos.
Los modelos que presentarás hasta el 31 de Enero:
- Modelo 303: esta sería la liquidación del IVA trimestral.
- Modelo 349: en el caso de que realices operaciones intracomunitarias.
- Modelo 309: en el caso de que tu tributación de IVA sea especial.
- Modelos 131 ó 130: depende del tipo de tributación.
Las declaraciones anuales
En este caso, tendrás que presentar los modelos 390 y el 190, que hacen referencia a la declaración de IVA y la de IRPF. Pero eso sí, hay que tener cuidado de que cuadren a la perfección con los modelos trimestrales.