La petición de VOX para poder participar en los debates electorales, que tendrán lugar los días 31 de enero y 9 de febrero, ha sido desestimada por el Supremo.
La petición que fue desestimada por el Supremo
Así es que la petición que la formación de Santiago Abascal presentó para poder participar en ambos debates fue desestimada por el Supremo y les dejará fuera de los mismos.
Esta decisión fue tomada en base a que el partido no cuenta con un grupo parlamentario en las Cortes y por esto es que rechaza las medidas cautelares, ya que no se justa a las condiciones que exige la ley en el artículo 31 bis de la la ley Electoral de Castilla y León.
También ordena que se aseguren las medidas compensatorias que respondan al principio de «información compensatoria suficiente» que se encuentra establecido en el tercer punto de la Instrucción 1/2019 de la Junta Electoral de Castilla y León.
El origen del conflicto
Todo comenzó cuando el domingo se comunicó desde VOX que tenían intención de solicitar estas medidas a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. Este martes, el alto tribunal, acordó la concesión de un plazo a la Junta Electoral Central y al Ministro Fiscal para hacer alegaciones a dicha medida solicitada. Este plazo terminó en el día de ayer a las 15:00h.
El Tribunal Supremo informó que no aceptaba la petición de VOX y mantendría la decisión de Junta Electoral Central. A pesar de que la ley Electoral de Castilla y León establece que es obligatoria la celebración de dos debates durante la campaña electoral, limita la participación a aquellos partidos que hayan tenido un grupo parlamentario propio.
José Sánchez