Abierta convocatoria, para el año 2018, del pago anual de las ayudas para labores de mejora y prevención de daños en terrenos forestales con vocación silvopastoral cofinanciadas por FEADER en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020, (incorporación 2015 y 2017)
Tiene como finalidad la conservación y mejora de los terrenos silvopastorales, financiando la planificación previa y la posterior ejecución de diversas actuaciones en la explotación agraria objeto de la ayuda.
La solicitud de pago se podrá presentar hasta el 2 de julio de 2018, inclusive para los expedientes de la convocatoria 2015 y hasta el 31 de octubre de 2018 inclusive, para los expedientes de la convocatoria 2017.
Se podrán presentar las solicitudes de forma presencial, en una de las oficinas de asistencia en materia de registro de Castilla y León; en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP); por internet, en la sede electrónica de Castilla y León o por TELEFAX.
QUIÉN LA PUEDE SOLICITAR
Titulares de explotaciones agrarias de Castilla y León que se hayan incorporado a la medida citada, al amparo de la Orden FYM/606/2015, y Orden de 16 de febrero de 2017, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, y tengan contrato vigente para el 2018.
PARA QUÉ ES LA AYUDA
Las ayudas reguladas irán dirigidas a las siguientes actuaciones:
– La redacción de un plan silvopastoral.
– Desbroce o arranque.
– Resalveo.
– Implantación y mejora de pastizales.
– Protectores para la densificación del arbolado.
– Cerramientos ganaderos.
– Mangas ganaderas.
– Puntos de agua.
– Pasos canadienses.
Los trabajos concedidos se podrán realizar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución de concesión de la ayuda hasta el 25 de junio de 2018 en el caso de expedientes convocados en 2015 y hasta el 24 de septiembre de 2018 en el caso de expedientes convocados en 2017, inclusive.
Cuando las actuaciones concedidas no puedan realizarse en el plazo anteriormente señalado por causas debidamente justificadas, podrá concederse, previa solicitud por parte del beneficiario, una prórroga del plazo de ejecución, que conllevará asimismo la prórroga del plazo de presentación de la solicitud de pago establecido en la orden de convocatoria anual de pago (de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Orden FYM/406/2015, de 12 de mayo).
CUANTÍA
El importe total de la ayuda estará entre 8.000 y 50.000 euros, distribuido durante los cinco años de duración del contrato y se calculará utilizando los importes unitarios establecidos en el Anexo I de las bases reguladoras.
DOCUMENTOS NECESARIOS
Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación.
Si el titular de la explotación no solicitara el pago de la ayuda convocada en el año 2015 y 2017, respectivamente, dejará de percibir la ayuda correspondiente a ese año, pero seguirá incorporado a la medida, siempre que se verifique que ha seguido cumpliendo los compromisos asumidos.
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