Multan a un hostelero por recoger un paquete destinado a un vecino del edificio
Si bien el comercio online está a la orden del día, la entrega se ha vuelto un dilema para muchos, no solo por el plus de gastos de envío, sino por el horario de los repartidores; puesto que muchas veces los usuarios no se encuentran en ese momento. Asimismo, estos trabajadores tienen que hacer su labor y para ello, planifican un recorrido con el fin de depositar el pedido en el domicilio o lugar especificado, aunque algunos, para no desviarse o cumplir los horarios, se decantan por dejárselo a otra persona para que este se lo dé al destinatario.
Por otra parte, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) considera recoger un paquete por otra persona, como una acción que incurre en el incumplimiento de lo acordado a la hora de la compra y motivo para regularlo, poniendo cuantiosas multas a las empresas que no lo cumplan.
A pesar de no ser la primera vez, el último caso ha sacudido las redes al conocer que un la empresa repartidora debe pagar 140.000 euros por, supuestamente, vulnerar la confidencialidad de los datos personales del destinatario por hacer firmar a un heladero en su nombre para recoger un paquete por un vecino de la zona. Del mismo modo, la persona que compró el objeto fue notificada y se puso en contacto con el hostelero que le confirmó su recogida y que no había problema en guardarlo hasta que pudiese pasarse, pero incluso con el permiso del usuario se considera un delito.