Hace unos días, se ha dictaminado una sentencia pionera en nuestro país, y es que se ha reconocido que las continuas llamadas comerciales de las compañías alteran el descanso de las personas. Por eso, Vodafone ha sido condenada por una jueza de Zaragoza a pagar 6.000 euros a un particular por vulnerar su tranquilidad y descanso y también por dañar a su intimidad.
Este particular, al igual que miles de españoles, ha sido bombardeado con decenas de llamadas comerciales de la compañía demandada. Aunque pedía que no le llamaran de nuevo y que no le volvieran a molestar, nunca le sirvió de nada.
Vodafone ha sido condenada a pagar 6.000 euros
En la sentencia, se reconoce que Vodafone realizó innumerables llamadas a dicho cliente vulnerando su intimidad y su descanso. Además, este juzgado le ordena a la compañía telefónica que cese en ese tipo de conductas. La jueza considera que la actividad comercial de esta empresa se podría calificar como «acosadora y avasalladora». Esto hace que se perturbara el descanso de la persona que demandó, ya que sufre cefalea diagnosticada de la que tiene que medicarse, y al no dejarle descansar, le daban unos fuertes dolores de cabeza.
Este particular intentó por todos los medios que las llamadas cesasen. Pidió que le dejaran en paz, que eliminaran su ficha e incluso les mando un formulario por escrito con su DNI pidiéndoles la retirada inmediata de sus datos, pero ninguno de sus esfuerzos mereció la pena. Antes de realizar la demanda, intentó a través de la mediadora Autocontrol que solucionaran el problema, y aunque en un principio la empresa de Vodafone se comprometió a cesar las llamadas, a los pocos días volvieron a la carga, así que este particular se decidió a denunciar.
La compañía telefónica alega que ya habían cancelado todos los datos del demandante de sus archivos, pero las llamadas siguieron y Vodafone aclara que ninguno de esos números pertenecía a sus agentes y que podían ser empresas externas que se hacían pasar por ellos.
La sentencia, que aun no es firme, puede apelarse ante el mismo juzgado en un plazo de veinte días.
Inés Alonso